El Ayuntamiento de Estella-Lizarra, a través del Área de Deportes, ha recopilado 15 interesantes rutas dentro del término municipal para recorrer tanto en bicicleta como a pie durante las actuales limitaciones de movilidad para los ciudadanos.
Se trata, por un lado, de evitar grandes aglomeraciones en puntos muy concurridos y transitados de la ciudad, promocionando de paso otras zonas de gran riqueza paisajística e interés que no muchos ciudadanos recorren habitualmente, como la zona de Santa Bárbara, el Parque de los Desvelados, San Millán, etc.
Las rutas elegidas se pueden recorrer con ayuda de dos apps informáticas muy conocidas, como son Wikiloc y Google Earth. Hay recorridos que oscilan entre los 3,7 y los 11 kilómetros, con distinta dificultad para que cada persona pueda elegir la que más se adapta a su nivel.
En los siguientes enlaces se pueden consultar las rutas y recomendaciones.
RUTAS EN GOOGLE EARTH Y WIKILOCEs necesario descargar los vídeos y recorridos, y contrar con la aplicación Google Earth para poder verlos. Después, una vez abierta la app, hay que ir al apartado Proyectos y abrir ahí el archivo descargado previamente.
Si no, se puede acceder también a las mismas rutas través de Wikiloc.
Así mismo, se puede acceder a las rutas desde la web del Club Atlético Iranzu, www.cairanzu.com en la sección ‘Circuitos’.
RUTA 1. ESTELLA-LIZARRA LLANO. 7 KILÓMETROS
RUTA 2. SANTA BÁRBARA. 6 KILÓMETROS
RUTA 3. ORDOIZ 1. 7,5 KILÓMETROS
RUTA 4. ORDOIZ 2. 10 KILÓMETROS
RUTA 5. ORDOIZ LARGA. 11 KILÓMETROS
RECOMENDACIONESEn fecha 1 de mayo se ha publicado en el BOE la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. La misma entró en vigor el sábado 2 de mayo.
Esta norma habilita, respetando las necesarias medidas de prevención e higiene, a las PERSONAS DE 14 AÑOS EN ADELANTE a circular por las vías o espacios de uso público para la práctica de actividades físicas.
- Dicha actividad física comprende:
- La realización de PASEOS DIARIOS, que se somete a los siguientes requisitos específicos:
- Una sola vez al día
- Se podrá salir a pasear acompañado de una sola persona
- No obstante, las personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora
- Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al
- La realización no profesional DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS de carácter individual sin contacto con terceros con los siguientes requisitos:
- Sólo se podrán realizar de manera
- No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo por una persona conviviente, una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora
- Una única vez al día.
- No se aplica el límite de la distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio, pero sí que la actividad física se realice dentro del municipio de Estella-Lizarra.
Requisitos para evitar el contagio:
- Durante la práctica de las actividades físicas autorizadas por esta orden deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos
- Se deben evitar los espacios concurridos, así como aquellos lugares donde puedan existir
- Deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID- 19 indicadas por las autoridades
Lugares permitidos:
- Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta
- No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para la práctica de las actividades físicas de que se
- No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física.
Prohibiciones:
- No podrán realizar la actividad física prevista en esta norma las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19.
Franjas horarias
NIVELES RECOMENDADOS DE AF PARA LA SALUD (OMS)
De 5 a 17 años
- Los niños y jóvenes de 5 a 17 años deberían acumular un mínimo de 60 minutos diarios de actividad física moderada o vigorosa.
- La actividad física diaria debería ser, en su mayor parte, aeróbica. Convendría incorporar, como mínimo tres veces por semana, actividades vigorosas que refuercen, en particular, los músculos y huesos.
De 18 a 64 años
- Los adultos de 18 a 64 años deberían acumular un mínimo de 150 minutos semanales de actividad física aeróbica moderada, o bien 75 minutos de actividad física aeróbica vigorosa cada semana, o bien una combinación equivalente de actividades moderadas y vigorosas.
De 65 años en adelante
- Los adultos de 65 en adelante dediquen 150 minutos semanales a realizar actividades físicas moderadas aeróbicas, o bien algún tipo de actividad física vigorosa aeróbica durante 75 minutos, o una combinación equivalente de actividades moderadas y vigorosas.
- Cuando los adultos de mayor edad no puedan realizar la actividad física recomendada debido a su estado de salud, se mantendrán físicamente activos en la medida en que se lo permita su estado.